El acoso es una forma de violencia que afecta la dignidad, la integridad y los derechos fundamentales de las personas. En El Salvador, este comportamiento no solo es reprochable éticamente, sino que también está tipificado como delito en la legislación nacional. Este artículo aborda los aspectos legales, las modalidades de acoso y las consecuencias para los agresores.
¿Qué es el Acoso?
El acoso se define como conductas reiteradas y no deseadas que causen intimidación, humillación, hostilidad o riesgo para la seguridad de una persona. Puede manifestarse de forma física, verbal, psicológica o a través de medios digitales (ciberacoso).
Marco Legal en El Salvador
El acoso está regulado principalmente por dos instrumentos legales:
1. Ley Especial contra el Acoso (Decreto 520, 2010):
Define el acoso como "toda conducta basada en cualquier forma de manifestación que, por su reiteración en el tiempo, por su gravedad y por su contenido, vulnere la libertad y seguridad de una persona, perturbando su vida cotidiana".
Incluye modalidades como:
Acoso laboral: En el entorno de trabajo.
Acoso escolar: Entre estudiantes o hacia docentes.
Acoso callejero: En espacios públicos.
Acoso cibernético: A través de redes sociales, mensajes o plataformas digitales.
2. Código Penal de El Salvador (Decreto 1030):
El Artículo 176-A establece penas para el acoso sexual, definido como "quien realice requerimientos de carácter sexual, verbal o físico, no deseado por la persona, que resulten hostiles, humillantes u ofensivos".
Otras figuras relacionadas:
Amenazas (Artículo 154): Cuando el acoso incluye intimidación con causar un mal injusto.
Violación a la intimidad (Artículo 177): Si se divulgan datos personales sin consentimiento.
Elementos que Configuran el Delito
Para que una conducta sea catalogada como acoso, deben existir:
1. Reiteración: Acciones repetidas en el tiempo (no es un hecho aislado).
2. Intención de dañar: El agresor busca causar miedo, ansiedad o distress.
3. Impacto en la vida cotidiana: La víctima ve afectada su seguridad, salud mental o entorno social.
Consecuencias Legales
1. Penas privativas de libertad:
Según la Ley Especial contra el Acoso, la sanción puede ser de 1 a 3 años de prisión, dependiendo de la gravedad.
En casos de acoso sexual, la pena puede incrementarse a 4 años (Artículo 176-A del Código Penal).
2. Medidas de protección:
Los jueces pueden ordenar órdenes de restricción para evitar que el acosador se acerque a la víctima.
Suspensión de derechos de guarda o visitation si el acoso ocurre en el ámbito familiar.
3. Responsabilidad civil:
La víctima puede demandar indemnización por daños y perjuicios.
Proceso para Denunciar el Acoso
1. Recolectar pruebas:
Guardar mensajes, correos, grabaciones o testimonios que respalden el acoso.
En casos de ciberacoso, capturar pantallazos y URLs.
2. Presentar la denuncia:
En la Fiscalía General de la República (FGR) o en cualquier puesto policial.
Si el acoso ocurre en el trabajo, también se puede reportar ante el Ministerio de Trabajo.
3. Seguimiento legal:
La FGR evalúa la evidencia y decide si presenta una acusación.
En procesos laborales, se inicia una investigación administrativa.
Datos y Estadísticas
Según el Observatorio de Seguridad Ciudadana, en 2023 se reportaron 2,300 casos de acoso en El Salvador, de los cuales el 70% correspondió a mujeres.
El acoso cibernético ha aumentado un 40% desde 2020, vinculado al uso de redes sociales.
Prevención y Apoyo
1. Educación:
Campañas como "NoCallesCalle" promueven el respeto en espacios públicos.
Talleres en escuelas para identificar y reportar el acoso escolar.
2. Recursos de ayuda:
Organizaciones como ORMUSA (Organización de Mujeres Salvadoreñas) ofrecen asesoría legal y psicológica.
El acoso es un delito que refleja desigualdades estructurales y requiere un abordaje integral: desde la aplicación rigurosa de la ley hasta la educación en valores. En El Salvador, aunque existen herramientas legales para combatirlo, es fundamental que las víctimas rompan el silencio y busquen apoyo en las instituciones correspondientes.